Redacción/Emprendedor
Victoria, Tam.- Durante sesión pública ordinaria, el Congreso de Tamaulipas aprobó por unanimidad el dictamen en el que se reforma el tercer párrafo del artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos remitido por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, informó la Lic. Griselda Dávila Beaz.
La presidente de la Comisión de Asuntos Municipales al hacer uso de tribuna indicó que la minuta sometida a consideración de la LXII Legislatura tiene como objeto principal la incorporación de los integrantes de los Ayuntamientos como sujetos responsables por violaciones a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo y aplicación indebido de fondos y recursos federales, ya que en citado artículo no se contempla a los Servidores Públicos de los gobiernos municipales.
Destacó que esta acción legislativa busca establecer el régimen de responsabilidades de los integrantes de los Ayuntamientos que en su función pública manejen o apliquen fondos y recursos federales para que los utilicen con eficiencia, economía, transparencia, honradez y exclusivamente para los fines que le sean propios.
Añadió que la sociedad actual es más atenta y participativa, a la vez que demanda mecanismos de control eficaces en los asuntos públicos que brinden mayor transparencia y rendición de cuentas de la gestión de los gobiernos, por lo que estableció que esta reforma contribuirá a que los miembros de los Ayuntamientos se conduzcan con apego a la legalidad.
Aseveró que la inclusión de los presidentes municipales, los regidores y los síndicos de los ayuntamientos como responsables por el manejo indebido de fondos y recursos federales, será un paso importante en la administración de los recursos económicos de México, ya que el éxito para el control del ejercicio de la función pública se sustenta en un eficaz esquema de responsabilidad de los servidores públicos, aunado a que la función pública del gobierno requiere de recursos económicos suficientes para el ejercicio de sus funciones.
Para finalizar, Dávila Beaz señaló que la función pública no debe ser usada para el beneficio personal y menos aún ningún funcionario debe anteponer sus intereses al interés público que está obligado a proteger, mejorar o fomentar, por lo que aquella autoridad que reciba recursos federales para que sean aplicados de manera eficaz en beneficio de la sociedad y deje de destinarlos a tal beneficio y en su caso, privilegie intereses personales en quebranto patrimonial del Estado debe ser sancionado de manera efectiva por el marco normativo existente para tal efecto.